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Un conductor de ambulancia ha sido despedido por parar a desayunar con pacientes a bordo. Ideal
Un conductor de ambulancia para a desayunar churros 20 minutos con un enfermo a bordo

Un conductor de ambulancia para a desayunar churros 20 minutos con un enfermo a bordo

También fue sorprendido conduciendo a 143 km/h porque llegaba tarde

C. L.

Jueves, 24 de abril 2025, 17:10

Un insólito caso ha trascendido y afecta a un conductor de ambulancia. En resumen, paró a desayunar con un paciente a bordo, luego superó la velocidad permitida porque llegaba tarde y fue despedido. El conductor presnetó un recurso y se lo han denegado.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por este conductor de ambulancia, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara en abril de 2024. La sentencia recurrida había convalidado su despido disciplinario por parte de su empresa, Digamar Servicios S.L., y desestimado la demanda presentada por el trabajador, que alegaba que su despido era por represalias relacionadas con su actividad sindical.

La empresa Digamar Servicios S.L. se dedica al transporte de enfermos por carretera, con contratos con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) para trasladar pacientes a hospitales y centros de salud. El hombre trabajaba en el servicio programado y tenía su base en Atienza, Guadalajara. A lo largo de su trayectoria en la empresa, él y otros trabajadores habían interpuesto reclamaciones por horas extraordinarias y modificaciones de jornada, debido a que el Tribunal Supremo excluyó la aplicación de jornadas especiales para el transporte de enfermos, lo que derivó en demandas por exceso de horas trabajadas.

El despido del trabajador fue comunicado el 29 de mayo de 2023. La empresa alegó que el despido se debía a varios incumplimientos graves por parte del trabajador. El principal, que el autor había retrasado la recogida de un paciente, incumpliendo el horario establecido. Además, el trabajador había sido advertido previamente por no realizar los controles necesarios para la ambulancia y por hacer paradas de unos 20 minutos no autorizadas en lugares como cafeterías y churrerías, con o sin enfermos a bordo, lo que afectaba al servicio prestado.

El expediente disciplinario también registró otro incidente ocurrido el 12 de abril de 2023, cuando el conductor comenzó su turno a las 8:20, aunque debía haberlo hecho a las 8:00. Posteriormente, trató de recuperar el tiempo perdido, pero lo hizo a una velocidad superior a la permitida, alcanzando hasta 143 km/h, lo que representó un riesgo para los pacientes y otros usuarios de la vía pública, cuenta Ideal.

El trabajador argumentó que sus acciones fueron el resultado de problemas técnicos o de salud, pero la empresa consideró que estos hechos justificaban un despido disciplinario. En sus alegaciones, el afectado también sostuvo que su despido estaba vinculado a su actividad sindical y a las reclamaciones por horas extraordinarias interpuestas por él y otros compañeros del sindicato USO.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara de abril de 2024 desestimó la demanda del trabajador, confirmando la validez del despido disciplinario. El trabajador recurrió la decisión ante el TSJ de Castilla-La Mancha, alegando que el despido no había sido justificado y que se había producido una vulneración de sus derechos fundamentales, particularmente de los relacionados con la libertad sindical.

Sin embargo, los magistrados han ratificado la decisión del juzgado de primera instancia, subrayando que los incumplimientos cometidos por el demandante justificaban la medida disciplinaria adoptada por la empresa. El Tribunal ha desestimado las alegaciones del trabajador sobre la existencia de persecución sindical al concluir que no hay pruebas suficientes para considerar que el despido estuviera motivado por su condición de representante sindical del sindicato USO.

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